Formulario para el contrato de pacto de socios

¿Para qué sirve?

Son los acuerdos, cláusulas y convenios en general estipulados por los accionistas entre sí y/o con terceros, incluyendo la sociedad y sus órganos de administración y de vigilancia.

¿Cuándo usarlo?

Se usa cuando entre los socios se quieren usar los pactos de voto, bloqueo, relación, derecho de adhesión (TAG ALONG), derecho de arrastre (DRAG ALONG). Entre otros. Solo menciona a los abogados tus necesidades y nosotros te diremos cual de todos los pactos existentes se acomodan a ti.
Empresarial: Pacto de socios

Persona física

Son todos los seres humanos. Ejemplo: Juan Pérez Pérez.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Persona moral

Son todas las empresas y sociedades. Ejemplo: Jurisflex legal tech S.A. de C.V.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Persona física

Son todos los seres humanos. Ejemplo: Juan Pérez Pérez.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Persona moral

Son todas las empresas y sociedades. Ejemplo: Jurisflex legal tech S.A.S. de C.V.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Persona física

Son todos los seres humanos. Ejemplo: Juan Pérez Pérez.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Persona moral

Son todas las empresas y sociedades. Ejemplo: Jurisflex legal tech S.A.S. de C.V.

Escribe los datos del socio o accionista que estará sujeto a las disposiciones del presente pacto de socios.


Pactos de socios.


Bloqueo corporativo

En todas las sociedades existen desacuerdos entre los accionistas o socios ya que no comparten la misma visión del rumbo de la sociedad o empresa, lo que trae consigo dificultades. Es por ellos que para evitar el bloqueo corporativo, se presentan las siguientes cláusulas.


Situaciones donde los socios desean vender sus acciones o participaciones entre ellos mismos, así como la protección de sus acciones en caso de que un tercero ingrese a la sociedad.

No te preocupes, si no te gusta lo expuesto a continuación, elige la opción negativa y más adelante tendrás la oportunidad de contarnos tu situación particular para que el equipo de Jurisflex te presente las mejores opciones de acuerdo a tu empresa.


Tiro Tejano.

Los accionistas que desean vender o comprar las acciones o participación de otros accionistas, hacen cada uno, una oferta de compra de la sociedad en un sobre cerrado. Quién haya hecho la oferta más alta se queda con la sociedad.


Pacto anti dilución o Cláusula Pay To Play.

Esta cláusula sirve para protegerlas acciones de los socios o accionistas que están dentro de la sociedad cuando un inversionista entra. Los accionistas o socios que estaban antes del ingreso del inversionista no quieren que su participación se diluya, así que se comprometen a seguir pagando una cifra proporcional al valor de sus acciones en las siguientes rondas de capital para que no se diluya. Esto sirve como una protección que dejará de existir el dia que dejen de pagar y ya no participen en las rondas de capital.


Derecho de adhesión o Tag Along, también conocido como 'Llévame contigo'.

 

Es un acuerdo de protección a los socios minoritarios, por virtud del cual el accionista fundador o mayoritario que recibe una oferta de adquisición por sus acciones, se obliga a ofrecer en los mismos términos y condiciones las acciones del socio de inversión o de los demás accionistas, junto con las suyas; es decir, que solamente podrá enajenar la totalidad o parte de su tenencia accionaria, cuando el adquirente se obligue también a adquirir una proporción o la totalidad de las acciones de otro u otros accionistas, en iguales condiciones

 



Esta cláusula se refiere al mecanismo por el cual, cuando el socio de capital de riesgo recibe una oferta de compra de la compañía por parte de un tercero, el resto de socios se pueden adherir a la oferta presentada por este tercero. El objetivo de esta cláusula es favorecer la liquidez de los socios minoritarios ya que en caso contrario el capital riesgo podría vender su participación de control a un tercero y los socios minoritarios permanecerían con una participación minorita- ria en el accionariado sin tener la opción de poder vender. Esta cláusula funciona siempre en las dos direcciones, es decir, los socios que se someten a este pacto de socios tienen el mismo derecho de Tag Along, sin importar su porcentaje o cantidad de acciones o participación, aunque la doctrina se refiera a estas como si el derecho solo la tuvieran los accionistas minoritarios.


Derecho de arrastre o Drag Along, también conocido como 'Llévame contigo'.

 

Es un pacto por el cual los accionistas mayoritarios adquieren el derecho a que, en el supuesto de que puedan lograr la venta de sus acciones, los demás accionistas, incluso el equipo directivo, se obliguen a vender sus acciones, en los mismos términos y condiciones establecidos en la oferta de compra de acciones recibida por el socio mayoritario e incluso de inversión cuando dicho tercero, cumpla determinadas características normalmente de precio previamente pactadas; y, por tanto a que no puedan vetar la operación mediante la negativa de vender sus acciones, sino que todos las deben vender también.

 



Este pacto concede al socio (usualmente el mayoritario) el derecho “drag-along”, de obligar a los demás a vender junto con él y en los mismos términos, el resto de las acciones de la sociedad cuando un tercero tenga la intención de comprar la totalidad de las acciones (o un porcentaje especifico) de la sociedad, pues podría darse el caso que el tercero no tenga interés en hacerlo y por tanto no obligaría a los demás accionistas.


Cláusula para evitar sentir vergüenza, también conocido como On Sale

Se presenta cuando un socio o accionista decide vender sus acciones a un tercero (comprador). Pasado un tiempo, este comprador vende las acciones por un precio mucho mayor por las que lo adquirió.

El comprador asume la obligación de que si con posterioridad a esta operación, revende las acciones dentro de un plazo determinado, por un precio significativamente mayor al pagado al socio o accionista original, el precio de la primera venta será recalculado y sufrirá un ajuste de alza en favor del socio o accionista original, una cantidad adicional de dinero por dicho ajuste que además le evitará sentirse avergonzado por haber vendido muy baratas sus acciones.



Sanciones.


De disputas y firma del contrato.


Lugar y fecha de la firma del pacto de socios



Tribunales donde se resolverán las disputas


Recuerda que cualquier solicitud o cambio es posible hacerlo incluso después de pagar por nuestros servicios, solo contacta nuestros medios de soporte al cliente y comenta tu caso.


Medios de contacto

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Precio: $2,320.00

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